Con la Declaración de Libre Venta se puede demostrar al país importador que el producto no hay restricciones comerciales (patentes, exclusividad en la distribución, etc.) o restricciones fitosanitarias en el país de origen.
La empresa deberá proporcionar copias de los registros de los productos ante los organismos competentes que se enumeran abajo y/o una copia del D.O.U. (Periódico oficial del gobierno brasileño), para su análisis y posterior archivo.
- Ministerio de Salud
- Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria - ANVISA
- Ministerio de Agricultura y Abastecimiento
Si los productos están exentos de registro, la empresa deberá declararlo al formalizar su pedido y citar el número y fecha de Ordenanza/Resolución.
PLAZOS Y VALORES
Declaración emitida en dos ejemplares originales con firma notarial | BRL 120,00 |
Tarifa de envío en SC (precio a consultar para otros estados) | BRL 20,00 |
Copia adicional | BRL 8,00 |